Un fallo defendió la propiedad intelectual de las y los arquitectos

Generales

Condenó por plagio al ingeniero que firmó los planos y al propietario.

El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Primera Nominación, Tomás Méndez Curutchet falló a favor de una arquitecta por el plagio que sufrió. La condena alcanzó de manera concurrente tanto al ingeniero que firmó los planos, como al propietario.

La sentencia evidencia cómo en el ámbito de la construcción se naturaliza el robo de la propiedad intelectual de los arquitectos y arquitectas de Salta. “El plagio es un atentado contra el derecho del autor”, afirmó el juez.

El proyecto que pertenecía a la profesional fue ejecutado en una primera obra y cuatro años después se ejecutó  en otra de manera idéntica. El CAS advierte que no se pueden utilizar los planos destinados a una obra para ser ejecutados en otros catastros. 

Para su fallo el juez tuvo en cuenta el peritaje oficial y el del CAS, que demostró que el proyecto original fue duplicado con una mínima modificación del 5% del total.  

En respeto de la ley 6.639 el juez advirtió que “la obra no puede ser repetida sin autorización del arquitecto”. Recordamos que tampoco se puede repetir el proyecto sin el correspondiente pago de honorarios por repetición. 

El juez Méndez Curutchet también remarcó el necesario reconocimiento de la propiedad intelectual  "en la reproducción, publicación y difusión de dibujos, planos, fotografías, filmes y videos del anteproyecto y proyecto, de la obra en ejecución y del edificio terminado, se debe mencionar el nombre de su autor o autores".

 

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