22/11/2023Generales
El CAS, en conjunto con FADEA, continúa defendiendo los alcances del título, presentando una postura firme contra la resolución ministerial del año 2018 que provoca un daño al ejercicio de la profesión y puede derivar en un riesgo para la sociedad.
Desde 2018, los reclamos y cuestionamientos hacia las distintas gestiones del Ministerio de Educación de la Nación no han sido atendidos. Específicamente, la resolución ministerial 1254/2018, emitida de manera inconsulta, sigue siendo motivo de preocupación y enfrentamiento para los profesionales de la arquitectura.
Esta resolución, que redefinió los alcances de los títulos profesionales, ha generado una situación de incertidumbre y controversia en la profesión. Al reemplazar el anexo V, que contenía las 20 actividades reservadas al título de arquitecto, por un anexo confuso y limitado, se ha afectado gravemente la integridad y la uniformidad de la formación académica en esta disciplina en todas las casas de formación.
La falta de respuestas satisfactorias y la ausencia de un diálogo constructivo por parte de las autoridades ministeriales han llevado a una persistente litigación en el Juzgado Federal N°2 de la ciudad de La Plata, en la cual diversas entidades de arquitectos están involucradas. Este litigio refleja la gravedad de las consecuencias de la resolución 1254/2018 no solo para los profesionales, sino también para la sociedad en general.
Es relevante destacar que, desde la nueva gestión de FADEA -asumida en el año 2021-, se ha tomado con seriedad y madurez este reclamo sostenido desde hace varios años. La postura de la federación ha sido consistente en rechazar la resolución 1254/2018, respaldando la necesidad de mantener los estándares y las incumbencias establecidas por la Resolución Ministerial 498/2006, que garantizaban la calidad y la coherencia en la formación de los arquitectos.
Este prolongado conflicto ha puesto en riesgo la cohesión y la calidad de la profesión, evidenciando la necesidad urgente de restablecer el piso mínimo de las 20 actividades definidas en el anexo V de la Resolución N° 498/06 como alcance de título. Es fundamental que se declare la nulidad de la resolución 1254/18, reconociendo la importancia de mantener el grado máximo de "arquitecto" en todas las facultades, brindando así la coherencia y uniformidad necesaria en la formación de los profesionales de la arquitectura a nivel nacional.
El Colegio de Arquitectos de la Provincia de Salta reitera su respeto a la autonomía universitaria, pero enfatiza la necesidad de que todos los egresados tengan los mismos alcances en su formación para ejercer la profesión. Se espera una pronta resolución y un diálogo abierto que asegure la protección de la integridad de la profesión de arquitecto en Argentina.
Por CAS