Ofrecer a los matriculados y matriculadas del CAS el ejercicio temporal en cada jurisdicción, con registro de matricula compatible, por el periodo de 1 año.
No es necesario matricularse en la juridicción de destino.
El arquitecto matriculado que desee acogerse a este Convenio debera presentar
ante la Entidad de destino Io siguiente:
-Fotocopia del Titulo Original (autenticada)
-Fotocopia de la primera y segunda hoja de! DNI. (autenticada)
-Certificado de matriculacion vigente, libre de sanciones disciplinarias, administrativas o eticas. otorgado por la Entidad de Origen.
-Completar los datos en libro de registro de matriculados en otra jurisdiccion habilitado por convenio de reciprocidad. Una vez completado dicho tramite la Entidad de Destino otorgara al Arquitecto/a matriculado/a por "Convenio de Reciprocidad" un Certificado de Habilitacion para ser presentado ante los organismos que solicitan su registro y tendra validez por el plazo de 1 (un) ano calendario.
VIGENCIA: 31 DE DIC. 2023